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sábado, 20 de diciembre de 2014

Los monotributistas deberán informar a la AFIP las facturas en existencia

En los próximos días se emitirá una resolución general que permitirá utilizar las facturas en stock hasta su agotamiento, debiendo los contribuyentes informar la cantidad y número de facturas en existencia.

A través de la resolución general 3665/14, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció nuevas disposiciones respecto del Régimen de Autorización de Impresión de Comprobantes, que deben cumplir los Responsables Inscriptos, Exentos y No Alcanzados en el IVA, como así también por los Monotributistas.
Con relación a la obligación de cambiar los comprobantes por parte de los Monotributistas, las autoridades fiscales, le confirmaron al Consejo Profesional de ciencias Económicas porteño (Cpcecaba) que en los próximos días se emitirá una resolución general que permitirá utilizar las facturas en stock hasta su agotamiento, debiendo los contribuyentes informar, en las formas y plazos que establezca la AFIP, la cantidad y número de facturas en existencia que serán utilizadas por el Monotributistas hasta su finalización.

jueves, 16 de octubre de 2014

¿Cómo es el trámite que deberán hacer los monotributistas para facturar?

A partir de la publicación de las Resoluciones Generales de AFIP 3665 y 3666 la última semana, los pequeños contribuyentes deberán solicitar autorización para imprimir facturas.

Los comprobantes emitidos por monotributistas y exentos de IVA volverán a empezar. Desde ahora, los nuevos talonarios "C" -que comenzarán en el número 00000001- deben ser autorizados por AFIP mediante Constancia de Autorización de Impresión (CAI), que deberá presentarse ante la imprenta. Además, el CAI tiene, como los de las facturas "A" y "B", fecha de vencimiento.
El mecanismo, que comienza a funcionar el próximo 1 de noviembre, será efectuado a través de Internet y todos aquellos que hasta ahora solo imprimían talonarios de facturas a través de imprentas habilitadas en forma directa, deberán hacer un par de pasos previos:
-Pedir autorización online, recibirla, imprimirla por duplicado y firmar una.
-Entregar esa a la imprenta, que a su vez introduce autorización online en AFIP y recibe el alta del ente recaudador.

miércoles, 15 de octubre de 2014

La AFIP publicó un nuevo requisito para las facturas de monotributistas

La AFIP aumenta así el control sobre los monotributistas. Los clientes que reciban esos comprobantes tendrán que revisar que figuren todos los datos requeridos para poder computar el gasto en el Impuesto a las Ganancias        

A partir de noviembre, los monotributistas que impriman sus facturas tendrán que incluir en ellas el Código de Autorización de Impresión (CAI), según lo establecido en la resolución 3665 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Hasta ahora, el organismo tributario otorgaba este código a los contribuyentes inscriptos en el IVA en el momento de imprimir las facturas "A" y "B". A partir del primero de noviembre, también lo tendrán que agregar los pequeños contribuyentes en sus comprobantes "C" (para los contribuyentes exentos en el IVA, la fecha de vigencia comienza el 1 de marzo de 2015).
Los talonarios que se encuentran en uso podrán seguir utilizándose hasta fin de año, pero desde enero de 2014 habrá que reemplazarlos por los nuevos comprobantes con el código impreso. Las facturas que