jueves, 4 de marzo de 2010

Aclaración II y Resolucion Junta Electoral




Luego de la reunión de la Junta Electoral con los apoderados de las listas participantes del 17 de febrero, se generó una serie de dudas debido a la no notificación por escrito por parte de dicha Junta de lo comentado acerca de diversas cuestiones referidas al acto eleccionario no contempladas en la Resolución 065/06. Debido a esto decidimos presentar formalmente el día 01 de marzo una nota pidiendo a la Junta que se nos notifique respecto a los siguientes temas:
1-Confirmación sobre la inexistencia del “Registro de firmas de graduados”
2-La aprobación por parte de la Junta Electoral a utilizar boletas que, con los datos correctos, no se ajusten al formato exacto y/o tipografía y/o calidad y/o color del papel de las boletas aprobadas para el acto eleccionario según Res. 02/2010.
3-Aclaración sobre los tipos de sobres a utilizar en los votos ingresados por correspondencia.
4-Método de recepción, acumulación, documentación y medidas de seguridad y/o custodia adoptadas en la recepción de los votos por correspondencia.
5-Horario límite de recepción de votos por correspondencia, ya que la Res. 065/06 en su Art. 29 dice textualmente “los votos por correspondencia sólo son computados si se reciben en la mesa antes de la hora de cierre del comicio” mientras que en la reunión referida se habló de “una o dos horas antes de que cierre la elección”.

En el día de ayer, 03 de marzo, hemos sido notificados al respecto mediante una nota dirigida al apoderado de nuestra lista y la Resolución 03/2010, contemplando una serie de cambios de acuerdo a lo conversado oportunamente y sobre lo que no habíamos sido informados hasta el momento.

No hay comentarios: