sábado, 15 de febrero de 2014

Vencimiento Ratificación de Matrícula 2014‏

El próximo 28 de febrero vence el plazo de ratificación de la matrícula 2014. A partir del mes de marzo se cobrará un adicional, por única vez, de $100 en concepto de multa
Los formularios y comprobantes de pago pueden ser entregados en las oficinas del Colegio, calle España N° 281, o bien enviarlos por mail a cieer.parana@gmail.com, o por correo postal.
Es imprescindible para la ratificación de matrícula año 2014 no tener pendiente de pago cuotas de años anteriores.

Resolución Nº 1075/13 de Directorio
Acta N° 385/13 Fecha: 28/09/2013

VISTO:
La necesidad de establecer los montos para la matriculación y ratificación de matrícula correspondiente al año 2014 y;

CONSIDERANDO:
. Que los valores de los índices de inflación del año 2013 han sido significativos, sin considerar los aumentos
previsibles en los gastos de funcionamiento del Colegio,
. Que de acuerdo al análisis del presupuesto tentativo de funcionamiento del Colegio para el año 2014 y del resultado económico del año 2013, surge que en principio no se podría operar con los mismos importes de matrícula,
. Que el Asesor Contable ha emitido un informe indicando los índices de actualización a que se deben someter los montos de matriculación y ratificación anuales,
. Que en los planes de pago se deben contemplar los costos financieros y la inflación reinante, fijándose valores acorde a la realidad de los matriculados,
. Que es pertinente aplicar intereses punitorios a todo pago realizado con posterioridad a la fecha establecida por el correspondiente plan de pago,
. Que es pertinente la aplicación de multas por años no ratificados,
. Que se considera pertinente mantener la política de conceder a los profesionales noveles o recién egresados la exención del pago de matriculación durante el primer año de su egreso,
. Que la acordada emitida por el Superior Tribunal de Justicia al dejar como responsabilidad del Colegio el registro en las listas de peritos de la provincia, ha obligado su entrega antes de fin de noviembre a la Justicia,
POR ELLO, en uso de sus atribuciones el DIRECTORIO del Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre Ríos RESUELVE:

1. - Derecho de Inscripción en la Matricula. Fijar el monto por derecho de inscripción en la matrícula del Colegio para el año 2014, de acuerdo a la siguiente tabla:

Matriculas año 2014

Residentes con domicilio real en la provincia de Entre Ríos
Nuevas matrículas y ratificación anual: UN MIL DOSCIENTOS PESOS ($ 1200,00)

Con domicilio real fuera de la provincia de Entre Ríos
Nuevas matrículas y ratificación anual:UN MIL QUINIENTOS PESOS ($ 1500,00)

Financiación en cuotas residentes en la provincia de Entre Ríos
Plan 2 cuotas
1  $650   31/01/2014
2  $650   15/07/2014

Plan 6 cuotas
1  $250   31/01/2014
2  $250   15/03/2014
3  $250   15/05/2014
4  $250   15/07/2014
5  $250   16/09/2014
6  $250   15/11/2014 

Financiación en cuotas no residentes en la provincia de Entre Ríos 
Plan 2 cuotas
1  $800   31/01/2014
2  $800   15/07/2014

2. Matricula de profesionales noveles:
2.1 La matriculación de profesionales noveles, será gratuita hasta el 31 de diciembre del año siguiente al de su graduación.
2.2 Deberá cumplimentar con toda la documentación para matriculación ingresando constancia certificada de la unidad académica y copia del certificado analítico, a los fines de la extensión de matricula provisoria.
3. Plazo de Ratificación Automática: La ratificación se realizara por medio de la presentación de la Solicitud de Ratificación y el pago de la matricula en cualquiera de las formas establecidas. Se establece que hasta el 28/02/2014 la ratificación se hará en forma automática concediéndose la habilitación después de haber abonado el importe de la matricula según el plan de pago adoptado. Con posterioridad a esa fecha, las solicitudes de ratificación serán concedidas por Resolución del Directorio y llevaran un recargo de 1 (un) Ingenio en concepto de multa. Dicho recargo se deberá hacer efectivo en el momento de la ratificación y es un monto fijo para todo el periodo del año 2014.
4. Prestación de servicios a los profesionales
4.1. Para que los profesionales puedan realizar el ejercicio de la profesión, según lo establecido por la Ley 8.815, deberán estar habilitados para ello. Para ser beneficiario de cualquier servicio que presta el Colegio a los profesionales, además de la habilitación, no deberán tener deudas pendientes.
4.2. A partir del 31/01/2014 el CIEER no prestará ningún servicio si previamente el matriculado no ha ratificado el año 2014.
4.3. Las nóminas de ofrecimiento de servicios de profesionales vigentes en diciembre de 2013, continuarán teniendo validez hasta el 31/01/2014. A partir de esta fecha, se confeccionarán nuevas listas incluyendo solo a los matriculados que cuenten con la habilitación para el año 2014 y no tengan obligaciones vencidas en el Colegio.
5. Moras en los pagos
5.1. La falta de pago en término de los montos adeudados en cualquiera de los casos previstos lo hará pasible de un recargo del 5 % mensual en concepto de mora hasta la fecha de pago efectivo. Esto será válido para la ratificación con fechas posteriores a las establecidas en los planes de pago y para las moras en el pago de cuotas después de haber ratificado. Específicamente para el pago de la ratificación en una sola cuota, el interés se calculará a partir del 28/02/2014.
5.2. Cuando el profesional que concurra a ratificar la matricula del año 2014, no haya ratificado los años inmediatos anteriores, deberá abonar un monto equivalente al 25% de la matrícula por cada año no ratificado y no prescrito.
6.- Inscripción en listas de peritos para la Justicia Provincial
6.1. A los fines del registro en la lista de Peritos para la Justicia Provincial para el año 2014, los profesionales que deseen ejercer la profesión como tales deben haber efectivizado la presentación de la documentación requerida para la matriculación y/o ratificación de matricula antes del 1º de Noviembre del año 2013.-
6.2. Asimismo deberán haber efectuado el pago del monto anual, o en su defecto, la primera cuota del plan de dos cuotas. En caso de mora en el pago de la segunda cuota, se procederá a requerir su retiro de la lista de peritos comunicando el mismo a todos los juzgados de la provincia.
7. - Registrar, comunicar y cumplido archivar.
EL DIRECTORIO

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