miércoles, 26 de octubre de 2011

Nuevo símbolo obligatorio para los alimentos libres de gluten

Mediante la Resolución Conjunta Nº 201 y 649/2011, la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación han establecido que todos los alimentos libres de gluten que se comercialicen en el país deben llevar, obligatoriamente impreso en sus envases o envoltorios, de modo claramente visible, el símbolo que figura a continuación, ya sea en su versión en color o en blanco y negro:

La norma establece además que los alimentos "sin TACC" podrán llevar también los símbolos facultativos que aparecen a continuación:

La Resolución entrará en vigencia partir del día 14 de octubre de 2011, otorgándosele a las empresas un plazo de ciento ochenta días hábiles a los fines de agotar el stock de rótulos que posean.

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