Hoy más que nunca los exámenes de salud que establece la legislación laboral continúan siendo un instrumento fundamental para preservar la salud del Empleado y la responsabilidad del Empleador como lo dice hace algunos años la consigna de nuestro servicio. Decimos la Salud de Empleado, porque hacemos una evaluación previa, durante y al finalizar la relación laboral, haciendo hincapié en aquellos órganos o aparatos que estarán expuestos a algún riesgo laboral durante la actividad laboral, esto permite tomar medidas correctivas oportunas, para evitar el daño, detectar el daño cuando es menor y reparar oportunamente el daño irreversible y que es la responsabilidad del Empleador.
Inicialmente con el Examen de ingreso o preocupacional, que por la normativa vigente es responsabilidad del Empleador, donde podemos detectar daños previos, postulantes susceptibles, durante la relación laboral con los exámenes periódicos, que si bien la legislación responsabiliza a la ART (Si bien la legislación lo dice así, el Empleador debe exigir a la ART la realización con la frecuencia y calidad que corresponda, sino terminará siendo responsable por omisión)