jueves, 23 de febrero de 2012

Aporte Mínimo Anual Obligatorio: Se recomienda presentar la solicitud de exención a término

La Caja PREVER recuerda a los afiliados que el 28 de febrero vence el término para la presentación de documentación para eximirse del Aporte Mínimo Anual Obligatorio y les informa que transcurrido ese plazo, se aplicará una multa equivalente al valor de 5 (cinco) UMJ por cada 30 días de atraso en la presentación.
Cabe aclarar que los montos percibidos en concepto de multas no serán imputados como pago de aportes jubilatorios del afiliado, según lo establece la Resolución 2092/11, aprobada el 30 de marzo del 2011, por lo que se recomienda realizar las presentaciones en los plazos establecidos.
El formulario puede descargarse de la página de la institución www.cajaprever.org.ar ingresando a la sección Formularios/ Sistema Previsional / Exención del aporte mínimo obligatorio
Pueden eximirse solo aquellos que acrediten relación de dependencia y no hubieren realizado actos profesionales en forma independiente o para su empleador durante el periodo anual.
Aquellos profesionales que han realizado algún aporte previsional dentro del año quedan directamente obligados a cumplimentar el aporte mínimo anual.

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