viernes, 24 de febrero de 2012

FONTAR: Convocatoria Crédito Fiscal 2012

Fecha límite: 20-04-2012

Objetivos
La convocatoria tiene como objetivo mejorar las estructuras productivas y la capacidad innovadora de las empresas productoras de bienes y servicios de distintas ramas de actividad, mediante el financiamiento de proyectos de Investigación y Desarrollo y de Modernización Tecnológica.

Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios del régimen de crédito fiscal las personas físicas o jurídicas titulares de empresas productoras de bienes y servicios radicadas en el territorio de la Republica Argentina.
Las personas físicas o jurídicas productoras de bienes y servicios podrán concursar por la asignación de crédito fiscal para la ejecución de Proyectos de Ciencia, Tecnología e Innovación en forma individual o conjunta, en este último caso deberán constituirse de acuerdo a los tipos y las formalidades preceptuadas en el Capítulo III de la Ley de Sociedades Comerciales con el objeto de ejecutar el proyecto, o constituidas para la ejecución de actividades comunes de investigación y desarrollo.
En todos los casos el FONTAR evaluará la capacidad técnica y económica suficiente para ejecutar el proyecto, la disposición de los recursos de gestión para materializarlo y que cuenten con la capacidad financiera para proporcionar los recursos para la ejecución del proyecto.
No podrán ser beneficiarios del Crédito Fiscal aquellas empresas o personas físicas que tengan aprobado o hayan recibido algún Beneficio Promocional o financiamiento de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA para el mismo proyecto o alguna de sus etapas.

Desgravación impositiva
El importe de Crédito Fiscal, aplicable exclusivamente al Impuesto a las Ganancias y asignable para la financiación de cada proyecto, no podrá exceder del cincuenta por ciento (50%) del costo total del proyecto. Los certificados de Crédito Fiscal serán emitidos a favor de los beneficiarios y serán intransferibles.
Los Certificados se emitirán fraccionados en tercios del importe total que corresponda certificar conforme lo dispuesto en los Art° 16 y 18 del Decreto 270/98, con una validez de TRES (3) años el correspondiente al primer tercio, DOS (2) años el correspondiente al segundo tercio y UN (1) año el correspondiente al tercer tercio.

Proyectos elegibles
Proyectos de Investigación y desarrollo (I+D): proyectos destinados al financiamiento de lo siguiente:

1. Investigación aplicada: trabajos destinados a adquirir o profundizar conocimientos derivados de investigación científica para su aplicación práctica en la producción y/o comercialización.

2. Investigación tecnológica precompetitiva: trabajos sistemáticos de profundización de los conocimientos existentes derivados de la investigación y/o la experiencia práctica, dirigidos a la producción de nuevos materiales, productos o dispositivos y al establecimiento de nuevos procesos, sistemas o servicios, incluyendo la fase de construcción de prototipos, plantas piloto o unidades demostrativas, finalizando con la homologación de los mismos.

La empresa solicitante tendrá que realizar un aporte relevante de ingeniería en el desarrollo del proyecto.
Podrá presentar proyectos de Investigación y Desarrollo toda empresa productora de bienes y servicios, cualquiera sea el tamaño o escala de la misma, que se halle radicada en el territorio nacional. El costo total del proyecto no podrá exceder la suma de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000)

Plazo máximo de ejecución: 36 meses.

Proyectos de Modernización Tecnológica: Solamente se financiaran aquellos proyectos que involucren esfuerzos de ingeniería complementaria por parte de los solicitantes.

Se podrá financiar por esta modalidad:

a) La modificación o mejora de tecnologías de productos, de mayor valor agregado y/o grado de diferenciación que posibiliten competir en el mercado interno e internacional;

b) La modificación o mejora de tecnologías de procesos productivos que incrementen la productividad de las empresas;

c) Implementación de sistemas de calidad, siempre y cuando forme parte de un proyecto más amplio.

d) Introducción y/o cambios en la tecnología de gestión, que involucren esfuerzos de desarrollo por parte de la empresa.

e) La adquisición de tecnología incorporada en equipamiento, imprescindible para los objetivos del proyecto, que impacte en la capacidad competitiva de la empresa, y que deberá estar asociada al esfuerzo de la empresa en el desarrollo de la ingeniería complementaria necesaria para la concreción del proyecto.

Podrá presentar proyectos de Modernización Tecnológica toda empresa PyME productora de bienes y servicios radicada en el territorio nacional.

El costo total del proyecto no podrá exceder de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($2.500.000).

Se podrá presentar más de un proyecto, por empresa, siempre que el monto total de los proyectos no exceda de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($2.500.000)

Plazo máximo de ejecución: 24 meses

Para mayor información:
o comunicarse con el Ing. Ignacio Terenzano del Nodo de Vinculación Tecnológica UNER, Tel. 0345-4231438 / Cel. 0345-154346666

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