sábado, 7 de febrero de 2015

Aportes Mínimos Obligatorios 2015

El Directorio de Caja Prever ha dictado la Resolución Nº 2301/14, que establece los aportes mínimos obligatorios para el año 2015. La mencionada resolución también dispone una modificación en el artículo 8 de la Resolución 712/89. A continuación de transcriben los aspectos más importantes de la normativa.

“Todo afiliado que posea matricula habilitada en esta Caja deberá realizar obligatoriamente el aporte mínimo anual fijado para cada categoría de la siguiente manera:
Categoría “A”: Menos de 5 años de graduado                                        37 UMJ
Categoría “B”: Entre 5 y 8 años de graduado                                          48 UMJ
Categoría “C”: Mas de 8 años de graduado                                            68 UMJ.”

“ARTÍCULO 8º) Los aportes anuales, sean voluntarios o provenientes de trabajos profesionales, que
superen las 68 Unidades Módulo Jubilatorios, se computarán como complemento a los haberes establecidos en esta resolución. No generaran derecho a complemento los aportes anuales inferiores a 68 Unidades Módulo Jubilatorio.”

El texto completo puede consultarlo en: Res.2301/14

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