viernes, 14 de diciembre de 2012

Caja Prever: Aportes Mínimos Anuales - Multa por presentación fuera de término de los formularios de exención

¿Quiénes quedan exentos? 
Según lo expuesto en res. 1919/07 puede eximirse del aporte mínimo anual aquellos afiliados a la Caja que en razón de trabajar en relación de dependencia pública o privada, estén incluidos a otro sistema previsional y además no realicen actos profesionales durante el año. El profesional que cumpla con los dos anteriores requisitos debe presentar una vez finalizado el año antes del 28 de febrero, formularios completos de exención de aportes.
También pueden eximirse aquellos noveles profesionales que se matriculen por primera vez a la Caja con posterioridad al 01 de Julio. Esta exención únicamente es aplicable el primer año de inscripción y bajo la condición de que el profesional no haya realizado en todo el año actos profesionales (art. 2 Res. 2083/11). Se considera novel profesional a aquellos profesionales matriculados por primera vez antes de cumplir los cinco años de graduado. El novel profesional debe presentar una nota solicitando la exención también antes del 28 de febrero del año siguiente junto al anexo II de la Res. 1919/07.
El afiliado que reúna los requisitos anteriormente expuestos para eximirse, debe presentar los formularios de solicitud exención completos una vez finalice el año y antes del 28 de febrero del año posterior. Según lo expuesto en la Res. 2153 Art. 1, se cobrará una multa a los afiliados que presenten fuera de termino los
formularios de exención: “(…) Transcurrido el tiempo previsto en el Art. 1º de la presente, se aplicará una multa equivalente al valor de 4 (cuatro) Unidades Módulos Jubilatorios por cada 30 días de atraso en la presentación y con un tope máximo de 20 (veinte) UMJ.” La multa se liquidará en el resumen mensual de cuentas. Puede acceder a dichos formularios haciendo clik en el siguiente enlace

Aportes Mínimos Anuales
Todo profesional que realice trabajos profesionales deberá realizar el aporte del 10% de los honorarios. 
Así mismo deberá completar al finalizar el año el Aporte Mínimo Anual de acuerdo al siguiente cuadro: 

Profesional                                         UMJ 
Menos de 5 años de graduado               35 
Entre 5 y 8 años de graduado                 45 
Más de 8 años de graduado                   55 

Lo ideal es que el profesional llegue a completar los mínimos anuales detallados, acumulando los aportes por trabajos profesionales realizados dentro del año. En caso de que no se llegue a completar el mínimo anual, la Caja le estará enviando a su domicilio en el mes de Marzo del año posterior una boleta especial con el saldo para que Ud. pueda completar su año de aporte.
Actualmente el valor de la UMJ es de $63

Quedan exceptuados de tal obligación
Según lo expuesto en res. 1919/07 puede eximirse del aporte mínimo anual aquellos afiliados a la Caja que en razón de trabajar en relación de dependencia pública o privada, estén incluidos a otro sistema previsional y además no realicen actos profesionales durante el año. El profesional que cumpla con los dos anteriores requisitos debe presentar una vez finalizado el año antes del 28 de febrero, formularios completos de exención de aportes.
También pueden eximirse aquellos noveles profesionales que se matriculen por primera vez a la Caja con posterioridad al 01 de Julio. Esta exención únicamente es aplicable el primer año de inscripción y bajo la condición de que el profesional no haya realizado en todo el año actos profesionales (art. 2 Res. 2083/11).
Se considera novel profesional a aquellos profesionales matriculados por primera vez antes de cumplir los cinco años de graduado.
El novel profesional debe presentar una nota solicitando la exención antes del 28 de febrero del año siguiente junto al anexo II de la Res. 1919/07.

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