viernes, 18 de noviembre de 2011

Ratificación Matrícula CIEER año 2012

El Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre Ríos informa que ya ha sido enviada la documentación para la renovación de la matrícula 2012.
Toda la información referida a los montos y plazos se pueden consultar en el sitio digital.

Importante
Puntos a tener en cuenta según Resolución N° 913/11
- Aquellos profesionales que posean más de una matrícula, solo deberán abonar un derecho por el ejercicio profesional, quedando éstas habilitadas automáticamente.
- Los profesionales ya matriculados que soliciten su inscripción en otra u otras de las matrículas o registros que lleva este Colegio, continuarán abonando el derecho de ejercicio de una sola matrícula.
- Los matriculados que únicamente ejerzan la profesión en jurisdicción de la Provincia de Entre Ríos en la docencia o investigación universitaria, terciaria o media, cuando para ello se haga valer el título de Ingeniero, podrán solicitar exención parcial del cincuenta por ciento (50%) en el pago del derecho de ejercicio profesional.

Resolución de Directorio Nº 925/11 – Parte Resolutiva
1.Derecho de Inscripción en la Matricula. Fijar el monto por derecho de inscripción en la matrícula del Colegio para el año 2012, de acuerdo a la siguiente tabla:

Residentes en la provincia de Entre Ríos
Nuevas matrículas y ratificación: Seiscientos pesos ($ 600,00)

No residentes en la provincia de Entre Ríos
Nuevas matrículas y ratificación: Novecientos pesos ($ 900,00)

Financiación en cuotas
Plan 2 cuotas
1° $ 330,00  31/01/2012
2° $ 330,00  16/07/2012

Plan 6 cuotas
1° $ 120,00  31/01/2012
2° $ 120,00  16/03/2012
3° $ 120,00  15/05/2012
4° $ 120,00  16/07/2012
5° $ 120,00  17/09/2012
6° $ 120,00  16/11/2012

2. Plazo de Ratificación Automática: La ratificación se realizara por medio de la presentación de la Solicitud de Ratificación y el pago de la matricula en cualquiera de las formas establecidas. Se establece que hasta el 31/03/2012 la ratificación se hará en forma automática concediéndose la habilitación después de haber abonado el importe de la matricula según el plan de pago adoptado. Con posterioridad a esa fecha, las solicitudes de ratificación serán concedidas por Resolución del Directorio y llevaran un recargo de pesos cincuenta ($ 50) en concepto de multa. Dicho recargo se deberá hacer efectivo en el momento de la ratificación y es un monto fijo para todo el periodo del año 2012.

3. Prestación de servicios a los profesionales
3.1. Para que los profesionales puedan realizar el ejercicio de la profesión, según lo establecido por la Ley 8.815, deberán estar habilitados para ello. Para ser beneficiario de cualquier servicio que presta el Colegio a los profesionales, además de la habilitación, no deberán tener deudas pendientes.
3.2. A partir del 31/01/2012 el CIEER no prestará ningún servicio si previamente el matriculado no ha ratificado el año 2012.
3.3. Las nóminas de ofrecimiento de servicios de profesionales vigentes en diciembre de 2011, continuarán teniendo validez hasta el 31/01/2012. A partir de esta fecha, se confeccionarán nuevas listas incluyendo solo a los matriculados que cuenten con la habilitación para el año 2012 y no tengan deudas pendientes en el Colegio.

4. Moras en los pagos
4.1. La falta de pago en término de los montos adeudados en cualquiera de los casos previstos lo hará pasible de un recargo del 5 % mensual en concepto de mora hasta la fecha de pago efectivo. Esto será válido para la ratificación con fechas posteriores a las establecidas en los planes de pago y para las moras en el pago de cuotas después de haber ratificado. Específicamente para el pago de la ratificación en una sola cuota, el interés se calculará a partir del 28/02/2012.
4.2. Cuando el profesional que concurra a ratificar la matricula del año 2012 no haya ratificado los años inmediatos anteriores, deberá abonar un monto equivalente al 25% de la matrícula por cada año no ratificado hasta un plazo de 5 años.

5.Inscripción en listas de peritos para la Justicia Provincial
5.1. A los fines del registro en la lista de Peritos para la Justicia Provincial para el año 2012, los profesionales que deseen ejercer la profesión como tales deben haber efectivizado la presentación de la documentación requerida para la matriculación y/o ratificación de matricula antes del 1º de Noviembre del año 2011.-
5.2. Asimismo deberán haber efectuado el pago del monto anual, o en su defecto, la primera cuota del plan de dos cuotas. En caso de mora en el pago de la segunda cuota, se procederá a requerir su retiro de la lista de peritos comunicando el mismo a todos los juzgados de la provincia.

Boletas de Depósito
A fin de poder hacer el pago para la ratificación del año 2012 deberán imprimir desde la página web del Colegio http://www.cieer.org.ar/ las correspondientes boletas de depósito.

Formularios
Recordamos que es indispensable enviar completos los formularios que se adjuntan para poder mantener actualizada la base de datos y los correspondientes registros.

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