lunes, 27 de diciembre de 2010

Monotributo: vence plazo para quienes ganan más de $6.000 al mes

Con la llegada de la Navidad, también llegó el vencimiento del plazo para que los monotributistas que facturan más de $6.000 al mes presenten -entre otros datos solicitados por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)- un detalle minucioso de la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados entre enero y agosto pasado.
A tal fin, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray decidió salir a explicar las pautas a seguir para cumplir en tiempo y forma con la reformulada obligación fiscal.
En primer término, desde el fisco nacional aclararon que el monotributista no estará obligado a informar los cinco principales clientes y proveedores cuando todos revistan el carácter de consumidores finales.
También precisaron que aquellos contribuyentes que comparten la electricidad entre el local con la casa de familia, deberán prorratear el consumo de energía.

Pautas generales
Más precisamente, la nueva obligación, implementada a través de la resolución general 2888, puso en la mira a unos 200.000 contribuyentes que deben informar cada cuatro meses el siguiente detalle:
•El total de ventas del período, con indicación de las facturas emitidas durante ese lapso.
•La identificación de los cinco principales proveedores y de los cinco clientes más importantes.
•Si son propietarios o inquilinos del local explotado.
•La CUIT del propietario, vigencia del contrato de locación y monto de los alquileres devengados, de corresponder.
•La cantidad de energía consumida, CUIT del sujeto a cuyo nombre se emite la factura e identificación de la empresa proveedora de dicha energía eléctrica.

En el caso de tratarse de un monotributista que se desempeña como profesional, la AFIP también lo obliga a declarar el número de CUIT del consejo o colegio en el que se encuentre matriculado y la fecha de alta o, en su defecto, la de expedición del título profesional.
De igual manera, cuando se trate de un monotributista que se desempeña como transportista, el fisco obliga a declarar si el mismo es titular del vehículo o si lo alquila, el dominio y, además, los datos del seguro y número de la póliza contratada.
La presentación de la información se deberá realizar mediante transferencia electrónica de datos ingresando al servicio "Sistema Registral", opción "Declaración de Monotributo Informativa".
Quienes no cumplan con el nuevo régimen de información, deberán afrontar multas de hasta $45.000 y podrán ver reducidos a la mitad sus ingresos. Esto es así, ya que, una vez verificado el incumplimiento, el fisco nacional comenzará a aplicar retenciones en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y en Ganancias a la máxima tasa posible.
Puntualmente, la retención en el IVA, prevista en la resolución general 2616 y aplicable a estos casos, se ubica en el 21% y para Ganancias en 35%, lo que sumado arroja un 56%. Por lo tanto, de $100 a cobrar, el pequeño contribuyente sólo recibirá 44 pesos.
Sumado a estas sanciones, en diálogo en exclusiva con iProfesional.com, Carlos Sánchez, titular de la Dirección General de Recursos de la Seguridad Social de la AFIP, adelantó la puesta en marcha de una fuerte avanzada que busca acabar con los contribuyentes que se refugian en el Monotributo para evadir impuestos.
"Estamos construyendo una matriz de riesgo a fin de detectar a los contribuyentes que se esconden en el Monotributo, para luego excluirlos del sistema", adelantó.
"Vamos a marcarles la cancha. Luego de procesar la información y realizar un barrido de la base de datos del fisco invitaremos a los monotributistas que se encuentren bajo la lupa a recategorizarse como corresponde", advirtió el funcionario.
De no obtener respuesta del contribuyente en falta, la AFIP lo recategorizará o excluirá de oficio, en la medida que se trate de inconsistencias insalvables. De esta forma, el fisco comenzará a aplicar una nueva herramienta que surge del renovado marco legal que rige el Monotributo desde principios de 2010.

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