jueves, 23 de junio de 2011

Conflicto "Jucofer" - Ingenieros en Alimentos

Hace un tiempo, en una charla entre colegas surgió un tema que tomó de sorpresa a quienes allí estaban: en los pliegos de licitaciones para el emprendimiento de la fábrica de jugos y aceites escenciales de Villa del Rosario, Departamento Federación, llamado "Fideicomiso JUCOFER" (Jugo de las Colonias del Dpto. Federación), que es llevado a cabo por la Asociación de Citricultores de Villa del Rosario y el Gobierno de la provincia de Entre Ríos (50% cada uno) se estaría incurriendo en discriminación hacia los Ingenieros en Alimentos en favor de otras profesiones como Ingeniería Química e Ingeniería Industrial, dato más que llamativo y que no se podía dejar pasar ya que este emprendimiento no es privado sino que tiene una importante participación estatal y, se supone, de impulso regional.
Así es que, analizando los pliegos, tanto de Condiciones Generales como de Condiciones Particulares se encontró lo siguiente:

Pliego de Condiciones Generales:
Pag. 13: "ARTÍCULO 11º: EVALUACION DE LAS OFERTAS
A los fines de aconsejar la adjudicación de la presente selección, un Equipo Asesor Técnico, constituido por representantes de la Universidad Nacional de Entre Ríos (Facultad de Ciencias de la Administración y Facultad de Ciencias de la Alimentación): representante de la UTN Regional Concordia y un representante del INTI, realizará la evaluación y comparación de las ofertas, emitiendo un dictamen no vinculante.
Para la evaluación de las Propuestas el Equipo Asesor Técnico, tendrá en cuenta los siguientes rubros:
• Evaluación de antecedentes
• Evaluación de la Propuesta Económica."

Pág. 22: "ANEXO II - EVALUACION DE LAS OFERTAS"
En este punto se realiza una tabla con distintos "factores" que otorgan puntaje, siendo que sobre un total de 100 puntos se debe alcanzar un mínimo aceptable de 80. En el punto que nos importa dice:
"Las calificaciones y experiencias de los profesionales y equipo técnico, informado por  la Empresa,  para realizar el trabajo". Calificación total: 25 puntos, discriminados de la siguiente manera:
-Director del Proyecto ( Ingeniero Industrial o Químico): 9 puntos
-Ingeniero Especialista en Alimentos (Ingeniero de Alimentos): 7 puntos
-Ing. Especialista en Estructuras (Ingeniero Civil o en Construcciones): 4 puntos
-Especialista en Electricidad (Ingeniero Electrónica o Electromecánico): 3 puntos
-Experto en Topografía: 1 punto
-Experto en Análisis de Impacto Ambiental: 1 punto"


Pliego de Condiciones Particulares:
Pág. 14: "ARTICULO 3º.- REPRESENTANTE TÉCNICO (Director de Proyecto)
Para asumir la conducción de los trabajos previstos para el Proyecto, el Contratista o su Representante Técnico deberá cumplir como mínimo con las siguientes condiciones:
a) Poseer título de Ingeniero Industrial o Ingeniero Químico, expedido o revalidado por Universidades Nacionales.
b) Tener experiencia en Proyectos obras similares."


De más está el hacer comentarios al respecto, en lo que se trataría lisa y llanamente de una discriminación hacia nuestra profesión, notando un llamativo desconocimiento hacia la misma a pesar de utilizar el nombre de nuestra Facultad y que la misma es tenida en cuenta según se puede leer en los párrafos anteriores.
Fue así que se decidió dar intervención al CIEER ante estos hechos quienes enviaron una Carta Documento a la Asociación de Citricultores de Villa del Rosario, quienes habrían rechazado la misma.
A pesar de ello, y según lo comentado en la última reunión del CPIA en Concordia, se continuaron con las gestiones para salvar este grueso "error".
Si bien se realizaron gestiones ante la Facultad de Ciencias de la Alimentación para que se pronuncie al respecto, hasta el momento desconocemos los resultados de la misma.
A continuación, el texto de la Carta Documento enviada por el Departamento Legal del Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre Ríos:

De mi mayor consideración:

Quien suscribe en el carácter de Presidente del Colegio de Ingenieros Especialistad de Entre Ríos, en ejercicio de las facultades que nos acuerda la Ley 8815, vengo por el presente a solicitar se rectifique el llamado LICITACION PRIVADA “FÁBRICA DE JUGOS CONCENTRADOS Y ACEITE ESENCIAL DE FRUTAS CITRICAS – VILLA DEL ROSARIO”, incluyendo con la misma calificación (pag. 22 de las clausulas generales) que tienen los Ingenieros Químicos a los Ingenieros en Alimentos por tener estos últimos incumbencias especificas respeto de la temática en cuestión.
Que además solicito se rectifique el pliego de condiciones particulares en el sentido de incluir a los Ingenieros en Alimentos como potenciales Directores Técnicos del proyecto, por cuanto como quedo ya establecido “ut supra”, ellos cuentan con competencias del caso.
A fin de ilustrar la fundamentación del pedido lo invito a revisar las Resoluciones N° 1232/2001 del Ministerio de Educación de la Nación; N° 107/2003 y Nº 125/88 de la U.N.E.R, entre otras; de las cuales surgen las alegadas incumbencias.
Sin mas, haciendo reservas de derechos por cualquier eventualidad, saludo atentamente.

Ing. Jose Barbagelata
CIEER - España 281 - 3100 Paraná

Cabe destacar que en el día de hoy, jueves 23 de junio, se darán a conocer los resultados de la licitación en la que se habrían presentado dos propuestas, una de una empresa santafesina y otra de una brasileña.

1 comentario:

Anónimo dijo...

El que sabe sabe...
Y el que no, confecciona pliegos.